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Hasta el 15 de mayo se pueden presentar las solicitudes de las ayudas para pagar el IBI
El Ayuntamiento de Sant Joan Despí ha abierto el plazo de presentación de solicitudes a las ayudas económicas para el pago de hasta el 50% del importe del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) correspondiente al año 2019. Estas ayudas están dirigidas a personas en situación de vulnerabilidad social que deben pagar el IBI de su vivienda habitual, ya sean propietarias como si están de alquiler.
Para acogerse a la subvención, el solicitante debe cumplir una serie de requisitos, entre los que está el de residir de forma continuada en Sant Joan Despí desde el 1 de enero de 2019; que la vivienda para la que solicita la ayuda sea su residencia habitual; que ni la persona solicitante ni las personas de su unidad familiar consten como contribuyentes por ningún otro inmueble; que el conjunto de ingresos anuales brutos de la persona solicitante y de la unidad de convivencia no supere el límite económico que fijan las bases de la convocatoria, y que la vivienda tenga un valor catastral inferior a 130.000 euros o esté sometida a régimen de protección pública.
En las bases de esta convocatoria de ayudas se pueden consultar todos los requisitos y la documentación a presentar. Las bases están disponibles en la web municipal, en los centros cívicos Sant Pancraç y Les Planes, en el Área de Servicios a la Persona y en el Ayuntamiento.
Las solicitudes para acogerse a las ayudas económicas para el pago del IBI se pueden presentar hasta el 15 de mayo en la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento (camí del Mig, 9). La ayuda se hará efectiva mediante la compensación del recibo del IBI de 2019.
Descarga las bases reguladoras y el impreso de solicitud en www.sjdespi.net/wca/es/la-ciudad-por-temas/accion-social/ayudas-al-ibi
Para acogerse a la subvención, el solicitante debe cumplir una serie de requisitos, entre los que está el de residir de forma continuada en Sant Joan Despí desde el 1 de enero de 2019; que la vivienda para la que solicita la ayuda sea su residencia habitual; que ni la persona solicitante ni las personas de su unidad familiar consten como contribuyentes por ningún otro inmueble; que el conjunto de ingresos anuales brutos de la persona solicitante y de la unidad de convivencia no supere el límite económico que fijan las bases de la convocatoria, y que la vivienda tenga un valor catastral inferior a 130.000 euros o esté sometida a régimen de protección pública.
En las bases de esta convocatoria de ayudas se pueden consultar todos los requisitos y la documentación a presentar. Las bases están disponibles en la web municipal, en los centros cívicos Sant Pancraç y Les Planes, en el Área de Servicios a la Persona y en el Ayuntamiento.
Las solicitudes para acogerse a las ayudas económicas para el pago del IBI se pueden presentar hasta el 15 de mayo en la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento (camí del Mig, 9). La ayuda se hará efectiva mediante la compensación del recibo del IBI de 2019.
Descarga las bases reguladoras y el impreso de solicitud en www.sjdespi.net/wca/es/la-ciudad-por-temas/accion-social/ayudas-al-ibi